Abuso de posición de dominio: desafío permanente a las autoridades de regulación de la competencia

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Abuso de posición de dominio: desafío permanente a las autoridades de regulación de la competencia

Alfonso López-Escobar Anguiano, en su presentación sobre abuso de posición de dominio en los mercados.

El abuso de posición de dominio de las empresas en los mercados se ha convertido en uno de los mayores desafíos de la política de competencia y regulación en la región de Andalucía. Así lo expusieron el codirector de la Cátedra de Política de Competencia (CPC) de la Universidad de Sevilla, Luis Palma Martos, y el directivo de la Agencia de Defensa de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía (ADCA), Alfonso López-Escobar Anguiano, en la sesión del lunes 21 de octubre.

Para los expositores, la identificación del abuso de posición de dominio, uno de los mecanismos para hacer efectiva la defensa de la competencia, supone un esfuerzo complejo por parte de las autoridades. La intervención de estas autoridades se inicia con la identificación del mercado relevante, es decir, del conjunto de empresas y operadores económicos relacionados entre sí que producen y ofrecen un mismo producto o servicio. El abuso de la posición de dominio, un comportamiento castigado en la UE con base en el artículo 102 de su Tratado de Funcionamiento (TF-UE), se evidencia en un pequeño, aunque permanente y significativo, aumento de los precios en los mercados.

Para Palma Martos, esta tarea “supone enfrentarse a problemas económicos y estadísticos para definir si este aumento de los precios favorece la rentabilidad de la empresa monopolista que lo realiza”, explicó. Entre los primeros se cuentan la diferenciación gradual del producto, la sustitución en cadena y la definición geográfica de los mercados, y entre los segundos la asimilación de sectores económicos y mercados.

Para López-Escobar Anguiano, actual director del Departamento de Investigación de Defensa de la Competencia de la ADCA, el abuso no sólo se comprueba con la imposición ventajosa de precios u otras condiciones comerciales, sino también cuando las empresas limitan la producción, distribución o desarrollo técnico, en perjuicio de otras empresas y consumidores, y cuando existe una negativa injustificada a satisfacer las demandas de compra de productos o de prestación de servicios.

Otras dos formas del abuso de posición son la aplicación de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes en las relaciones comerciales, y la subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o con arreglo a los usos de comercio, no guarden relación con el objeto de tales contratos. “El punto común de estos abusos es que pone a unos competidores en situación desventajosa frente a otros”, explicó.

La presentación del funcionario de la ADCA se orientó el componente normativo de la temática mencionada y su aplicación a la región de Andalucía. En particular, dirigió la atención a la normativa, la tipificación del abuso y la manera como se da la comunicación por parte de las autoridades regionales, en cabeza de la Comisión de Defensa de la Competencia.

Con la sesión orientada por Palma Martos y López-Escobar Anguiano, se cerró el segundo módulo del Curso de Especialización, dedicado a la Política de Defensa de la Competencia. En el curso participan estudiantes de grado, máster y doctorado de la Universidad de Sevilla, así como egresados y funcionarios públicos de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía (ADCA).

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